En comisión de Presupuesto y Hacienda, dictaminaron un régimen de reparación a las víctimas del delito de trata de personas y una pensión no contributiva para hijos de mujeres fallecidas por violencia doméstica. Ambos están listos para llegar al recinto.

El primer proyecto aprobado establece una pensión graciable por diez años a toda persona víctima de la trata de personas. La senadora Marina Riofrío (FPV-PJ-San Juan), autora del proyecto, advierte que “sin acciones que contemplen la etapa post rescate de las víctimas, es imposible prevenir el futuro proceso de re victimización”. Pero reconoce que “la iniciativa no alcanza para reparar el daño causado, pero contribuirá en parte, a afrontar la situación de desprotección y desvalimiento al que quedan expuestas las víctimas de trata aún después del rescate”.

El proyecto señala que para solicitar la reparación se deberá iniciar el trámite dentro de los dos años de dictada la sentencia de condena del responsable. Además aclara que el gasto que demande la pensión será atendido con las partidas presupuestarias específicas y que el beneficio será independientemente de cualquier indemnización que pudiera percibir la víctima por los daños y perjuicios que hubieran sufrido.

Por otra parte, los senadores dictaminaron una pensión no contributiva para hijos de mujeres fallecidas por violencia doméstica. El beneficio, por cada menor acreditado por el grupo familiar, será de carácter mensual y se abonará a quien ejerza la guarda, que en ningún caso podrá ser el causante de la muerte de la mujer.

Para acceder a este beneficio, se requerirá: ser menor y soltero; ser hijo, biológico o adoptado, de madre fallecida a causa de la violencia doméstica ejercida por parte del cónyuge, conviviente o novio, sea éste padre biológico o no del menor; residir en forma permanente en el territorio nacional y ser argentino o naturalizado.

Para la permanencia de esta pensión, se exigirá que los menores en edad escolar asistan a la escuela, siguiendo los lineamentos de las leyes de asignación universal por hijo y que, junto a su grupo familiar, hayan iniciado procesos de orientación en torno a la violencia, a los fines de asistir psicológicamente a las víctimas de violencia directa o indirecta.

 

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