Venta de autos 0 Km.

El objetivo de esta ley es garantizar el derecho a la información y la tenencia plena de los sistemas o partes que integran un bien al momento de su adquisición. Además, se busca evitar posibles monopolios, y otorgar mayores opciones a los usuarios, ya que el avance y complejidad tecnológica de los automóviles impide al comprador contratar servicios de reparación y mantenimiento por fuera de los agentes oficiales de la marca.

En la reunión, en la que Directorio Legislativo estuvo presente, el autor del proyecto, el diputado de la Legislatura Porteña Sergio Abrevaya (Coalición Cívica) aclaró que “no se niega la posibilidad de aportar servicios de post – ventas o servicios de reparación de las terminales fabricantes de vehículos, por el contrario, se trata de ampliar las opciones que debe tener todo adquirentes de los bienes”.

El proyecto del diputado encuentra su fundamento jurídico en el artículo 42 de la Constitución Nacional, que señala “los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo (…) a una información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno. Las autoridades proveerán a protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopolios naturales y legales”.

Por otro lado, en el Artículo 46º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se determina que: “La Ciudad garantiza la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios, en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y el control de los monopolios que los afecten. Protege la salud, la seguridad y el patrimonio de los consumidores y usuarios, asegurándoles trato equitativo, libertad de elección y el acceso a la información transparente, adecuada, veraz y oportuna”.