La comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara de Senadores pasó a la firma un dictamen conjunto que tipifica la figura del grooming. Previamente, especialistas en derecho y delincuencia informática expusieron sobre la problemática.

El grooming es conocido como el ciberacoso de carácter erótico a menores de edad. Esto es, consiste en acciones deliberadas por parte de un/a adulto/a de cara a establecer lazos de amistad con un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un potencial encuentro posterior, con fines netamente sexuales.

Este debate giró en torno a dos proyectos, que fueron unificados en un dictamen conjunto: uno de la senadora rionegrina María José Bongiorno (Enc. Rionegrinos-Río Negro); y otro de los pampeanos Carlos Verna y María Higonet (Just. de La Pampa).

El primero en exponer fue Fernando Tomeo, especialista en Derecho Informático, quien señaló que “es necesario legislar en la Argentina sobre la ciberdelincuencia, no sólo el grooming sino otros delitos como el robo de identidad. Nuestro país debería ser pionero en la región en cuanto legislación de este tipo”. Y comunicó a los senadores que estaban dispuestos a “acompañarlos en la redacción de un proyecto integral sobre nuevas tecnologías”.

Por su parte, Ricardo Sáenz, Fiscal General de la Cámara Criminal y Correccional de la Capital Federal, especialista en Delincuencia Informática, manifestó que “con el auge de las redes sociales, los chicos se exponen de tal manera que favorecen el hecho de ser víctimas de los abusadores”. Respecto del dictamen, el experto propuso hablar de comunicaciones electrónicas ya que el ciberdelito “engloba más cuestiones que Internet”.

Por último, Daniel Monastersky, miembro de la Asociación Argentina de Informática Jurídica (AAIJ), resaltó la importancia de legislar sobre un delito conexo al grooming: el robo de identidad. “Siempre se utiliza una identidad falsa o usurpada para hostigar al menor”, explicó.

Bongiorno (Enc. Rionegrinos-Río Negro), autora de uno de los proyectos sobre el tema,  expresó que “la toma de conocimiento de esta realidad y la facilidad para el anonimato, e incluso la creación de otra identidad que produce la participación en las redes sociales cibernéticas, contribuye a que pervertidos cometan conductas delictivas contra menores que requieren de una tipificación clara, que no deje márgenes de impunidad interpretativa”.

Por otra parte, la senadora destacó que “el uso responsable de la tecnología es también una manera de hacer de ella una utilización a conciencia de sus beneficios, sin dejar de lado los límites necesarios para su aprovechamiento, tanto en la faceta social como laboral”.

Según pudo saber Directorio Legislativo, el dictamen que pasó a la firma establece que “será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.