Luego de tres intentos frustrados, los diputados dieron media sanción el 11 de agosto a la ley de glaciares, que generó una dura pulseada entre los sectores ambientalistas y aquellos que apoyan la explotación minera en la cordillera.
La ley tuvo aprobación en general el 15 de julio a la madrugada, pero cuando se pusieron en discusión los principales artículos de la norma, el kirchnerismo optó por irse del recinto y la sesión quedó suspendida por falta de quórum.
Luego de dos intentos fallidos la oposición logró juntar el ansiado quórum: sentó 134 diputados en sus bancas, cinco más de los necesarios, y recién allí, el kirchnerismo bajó al recinto a intentar dar una pelea que de antemano sabía que perdería. El proyecto fue girado al Senado.
El proyecto fue convertido en ley tras un debate en el Senado que demandó más de 8 horas, con 35 votos a favor, 33 en contra y una abstención. El tema atravesó a todos los bloques por igual, que no adoptaron una posición única a su interior. Si bien el proyecto fue impulsado por un senador de la bancada del Frente para la Victoria, Daniel Filmus (FPV-PJ-CABA), el proyecto fue votado por legisladores de distintos bloques y rechazado incluso por senadores del seno oficialista, en su mayoría por aquellos representantes de las provincias cordilleranas, lo cual generó más de un malestar al interior de la bancada kirchnerista.
Cabe recordar que a lo largo del debate fueron dos los proyectos en cuestión: el primero era el que provenía de la Cámara de Diputados, que había sido fruto del acuerdo entre el senador Daniel Filmus (FPV-PJ-CABA) y el diputado Miguel Bonasso (Diálogo por Bs. As.-CABA). El segundo era el aprobado por unanimidad en el Senado, que fue defendida durante el debate por senadores y gobernadores de la mayoría de las provincias cordilleranas. Ambos proyectos establecían presupuestos mínimos para la protección de las reservas de agua dulce, pero el modificado por Diputados, que finalmente fue aprobado, establece más restricciones a la actividad minera.
Los mayores puntos de divergencia giraron en torno a dos artículos de la ley, el 2 y el 15, modificados en la Cámara de Diputados. El artículo 2 establece la definición y el alcance de un glaciar y su zona adyacente: la sancionada por el Senado el año pasado establece condiciones menos restrictivas para la actividad minera como la reelaborada por la Cámara de Diputados. La segunda diferencia, la del artículo 15, en la versión del Senado no se establecían plazos concretos para efectuar los inventarios y las auditorías contempladas por la legislación, en tanto la versión de Diputados pone un límite de 180 días.