Minería, hidrocarburos, petróleo

Las principales iniciativas aprobadas por la Legislatura rionegrina sobre minería, hidrocarburos, petróleo y otras cuestiones vinculantes corresponden a proyectos de ley. Directorio Legislativo les presenta las más destacadas.

– Establecer requisitos para la permanencia de las empresas inscriptas en el Registro Provincial de renegociación de concesiones de explotación de áreas hidrocarburíferas rionegrinas. Esta iniciativa, que fue aprobada el 07 de julio de 2011, establece los siguientes requisitos que deben implementar las empresas para permanecer en el Registro Provincial:

  1. Ambiente: Asumir el compromiso de remediar las afectaciones ambientales existentes en las respectivas áreas, incluyendo un pormenorizado detalle de ellas, así como sus planes y cronograma de obras previstas.
  2. Compre Rionegrino: Contratación prioritaria de trabajadores, profesionales, proveedores y empresas de servicios radicados en la Provincia de Río Negro, con modalidades contractuales de mediano y largo plazo cuando el servicio o trabajo contratado o subcontratado tenga permanencia en el tiempo.
  3. Apertura de una sede permanente en el parque industrial, o en el ejido urbano del municipio más cercano al lugar de explotación, la cual debe ajustarse a las normas municipales de habilitación comercial.

– Establecer un régimen para la implementación del sistema de locación seca para la extracción de petróleo y gas. Esta iniciativa, que recibió la sanción de la cámara el 18 de noviembre de 2010, propone que las empresas permisionarias de exploración y concesionarias de explotación de hidrocarburos deben implementar el sistema de control de sólidos y el tratamiento de lodos y cutting, además de la presentación de un estudio de impacto ambiental. La normativa contempla además un régimen de sanciones para aquellas empresas que no cumplan con lo reglamentado.

– Crear el “Plan de Remediación Ambiental” destinado a las áreas afectadas por la exploración y explotación de hidrocarburos y otras actividades semejantes. Esta norma debe cuantificar los daños y pasivos causados por la actividad al medio ambiente, a la salud de la población y a los predios superficiales, debiendo determinar los potenciales costos de remediación y reparación.