Siembra de trigo en La Pampa

Uno de los temas más debatidos sobre el proyecto fue la constitucionalidad de la norma, en donde se señalaron errores técnicos que provocarían fallos en contra de la futura ley. Directorio Legislativo les presenta en esta nota los puntos más relevantes sobre el tema.

El primero en poner sobre el tapete el conflicto constitucional fue el diputado Felipe Solá (Peronismo Fed.-Buenos Aires), quien señaló que podría haber inconvenientes con el artículo 20 de la Constitución Nacional, el cual indica: “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano; pueden ejercer su industria, comercio y profesión; poseer bienes raíces, comprarlos y enajenarlos; navegar los ríos y costas; ejercer libremente su culto; testar y casarse conforme a las leyes. No están obligados a admitir la ciudadanía, ni a pagar contribuciones forzosas extraordinarias. Obtienen nacionalización residiendo dos años continuos en la Nación; pero la autoridad puede acortar este término a favor del que lo solicite, alegando y probando servicios a la República”.

En cambio, sobre este tema, Juan Mario Pais consideró que “la iniciativa del Ejecutivo es perfectamente constitucional” pero planteó que puede ocurrir una contradicción con los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) que ha firmado el Estado argentino porque son considerados supralegal, o sea, de mayor jerarquía constitucional. Por eso, el diputado chubutense aseguró que “debemos instar al Ejecutivo Nacional a renegociar los TBI, lo que ya fue consensuado con Cancillería”.

Al respecto, el diputado opositor Juan Carlos Vega (CC-Córdoba) coincidió con Pais sobre el inconveniente de compatibilidad con los TBI y sostuvo que “por la cláusula de la Nación más favorecida, los extranjeros están protegidos por estos Tratados y, por ende, podrán reclamar sus derechos para invertir a pesar de sancionar esta ley”.

A los cuestionamientos al artículo 20 se sumó la diputada Marcela Rodríguez (DIP-CABA), quien alertó de los últimos fallos de la Corte Suprema sobre la igualdad de derechos de los extranjeros con los argentinos y propuso basar el texto en el artículo 17 de la CN y limitar la tierra también para los argentinos.