Diputada Graciela Camaño

Los diputados de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, presidida por la duhaldista Graciela Camaño, se reunieron para avanzar con el tratamiento de los proyectos de ley sobre extranjerización de tierras, en donde fueron invitados para exponer los constitucionalistas Alberto García Lema, Roberto Gargarella y Pablo Luis Manili, ante la ausencia de Daniel Sabsay y Eduardo  Barsesat, autor del proyecto del PEN.

En la reunión, a la que asistió Directorio Legislativo, el primero de los especialistas en hablar fue Alberto García Lema, quien aseguró que “en principio la tutela corresponde a un recurso que ahora esta expresado a favor de las provincias. Es decir que son ellas las deben legislar en la materia y no el Congreso. Desde la Nación solo se podría hacer una ley convenio de adhesión o una ley interprovincial”. Y explicó que de ese modo serían las provincias las que tendrían la facultad de establecer un límite a la tenencia de la tierra.

También señaló la “distinta incidencia que tiene un número de hectáreas de acuerdo a las provincias y a la calidad de la tierra”, e hizo mención al artículo 20 de la Constitución Nacional, el que consideró como “una señal dirigida a los extranjeros para que concurran a habitar el suelo argentino”. Por otro lado aseguró que “los límites no deben estar puestos en atención a la tierra, sino a los capitales”.

Por su parte, el abogado Gargarella consideró que el Congreso de la Nación está perfectamente habilitado para legislar respecto de la tenencia de la tierra: “No creo que haya problemas respecto del principio de federalismo, sino que el quid de la cuestión está en el principio de igualdad”, aseguró el abogado y agregó que “el proyecto del PEN es menos inclusivo de lo que debería ser y los medios legales que utiliza hacen que no pase ningún test de igualdad. Es un fracaso”.

Finalmente, fue el turno de Pablo Manilli quien se refirió a la constitucionalidad de los textos, y consideró que “si los recursos naturales son de dominio de las provincias, quienes tienen la facultad para regular sobre ellas son las provincias. Cuando se habla de recursos naturales y no de la tierra como cosa u objeto, el Congreso no tiene competencia para sancionar esta ley”.