La Cámara de Senadores convertió en ley en su última sesión el proyecto de “Muerte Digna”. Por eso, la Fundación Directorio Legislativo confeccionó un informe con todo lo que hay que saber para entender por dónde pasa el debate legislativo y que fija la nueva norma.

La discusión sobre Muerte Digna se instaló en la agenda legislativa durante 2011 a partir del “Caso Camila”. Selva Herbón, la mamá de una niña que por una complicación en el parto quedó en estado vegetativo, solicitó al Poder Legislativo una ley que permita a su hija morir de manera digna. En consecuencia, la temática se coló en la agenda de los legisladores y atravesó de manera paralela a ambas cámaras del Congreso de la Nación.

La de Diputados dio media sanción el pasado mes de noviembre a una modificación a la Ley Nº 26.529, de Derechos del Paciente, otorgándole al enfermo terminal la potestad de rechazar tratamientos cuando estos conduzcan a un encarnizamiento terapéutico. Además, si el paciente no está en condiciones de expresar su deseo, se le da permiso a los familiares para decidir cómo actuar en una situación extrema e irreversible.

Por su parte, en la Cámara de Senadores, a diferencia de Diputados, se había decidió a trabajar en la creación de una nueva legislación, tomando como base el proyecto del senador Samuel Cabanchik (PROBAFE-Caba). Se había consensuado la necesidad de otorgarle al paciente terminal el derecho a la autonomía de su voluntad, al consentimiento informado, y a registrar directivas anticipadas en caso de enfermedad irreversible. A su vez, también se había consensuado que en caso de no poder expresar su voluntad, los familiares del paciente tendrían capacidad de decisión en una situación tal.

Pero al recibir la media sanción de Diputados, un plenario de senadores de las comisiones involucradas (Salud y Deporte, Legislación General y Derechos y Garantías), decidió dictaminar el proyecto con media sanción de la Cámara de origen. Así, se llegó a la situación actual y el texto sobre Muerte Digna ya es ley.