La tensión entre el Gobierno Nacional y el secretario general de la CGT, Hugo Moyano, que se había iniciado a mediados del año pasado por la conformación de las listas electorales del Frente para la Victoria, llegó a su apogeo durante la jornada del 27 de junio pasado, cuando el sindicalista encabezó una marcha exigiendo la suba del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias.

Es que el reclamo por la modificación de dicho impuesto fue la vía por la cual esa tensión se canalizaría -un reclamo que Hugo Moyano viene sosteniendo desde los tiempos en que mantenía una buena relación con el Gobierno Nacional-. De hecho, durante la gestión de Cristina Fernández de Kirchner, se había cedido ante ese reclamo, elevando el mínimo no imponible en marzo de 2007, agosto de 2008, julio de 2010 y abril de 2011.

Ahora bien, cuáles son los proyectos legislativos vigentes en torno al mínimo no imponible. El bloque de la Unión Cívica Radical y la Coalición Cívica viene impulsando con fuerza el Expte. Nº 3799-D-2012, de los diputados Ricardo Gil Lavedra (UCR-CABA) y Alfonso Prat Gay (CC-CABA).

Esta iniciativa elimina los incisos h, k y w del artículo 20 de la Ley Nº 20.628. Así, se eliminan las exenciones del impuesto a las ganancias a los ahorros bancarios, y a los beneficios obtenidos por la compra venta de bonos y demás títulos de valores.

Se incluye por otro lado, en la cuarta categoría de ganancias (renta del trabajo personal), a la renta derivada de los cupones de títulos, cédulas, letras, obligaciones, intereses originados en depósitos a plazo fijo efectuados en instituciones sujetas al régimen legal de entidades financieras. Así, se incorpora a las mismas al conjunto de las actividades pasibles de ser gravadas.

El diputado puntano Lino Aguilar (La Rioja), del bloque Frente Peronista es autor del Expte. Nº 4214-D-2012, que agrega al artículo 20 de la Ley Nº 20.628, un inciso que incorpora al salario como una renta exenta del impuesto a las ganancias. En concreto, indica: “Están exentos del gravamen (…) el sueldo, salario o remuneración percibidos por trabajadores en relación de dependencia.”

Por su parte, el Interbloque FAP, lleva a la cabeza del reclamo un proyecto del diputado porteño Claudio Lozano (Unidad Popular-CABA) –el Expte. Nº 3907-D-2012- que modifica el artículo 23 de la Ley Nº20.628. La modificación consta en un aumento del monto del mínimo no imponible para las personas de existencia visible, llevándolos de los actuales 12.960 a 21.811 pesos. En casos familiares, se eleva el monto por cónyuge de 14.400 a 24.235 pesos; y de 7.200 a 12.117 pesos por hijo. En sus fundamentos, el proyecto explica que los ingresos que no percibiría el Estado Nacional en concepto de impuesto a las ganancias, dado a la suba del mínimo no imponible, se recuperarían a partir de la activación del consumo, en concepto de IVA.

Por otra parte, el diputado del Frente para la Victoria, Juan Mario Pais (FPV-PJ-Chubut) presentó en marzo de este año, meses antes de que el conflicto por el mínimo no imponible entre el líder cegetista y la Casa Rosada hubiera comenzado a escalar. El mismo plantea la obligatoriedad de la AFIP de actualizar anualmente los pisos del mínimo no imponible, tomando como referencia los incrementos salariales.

El inciso que este proyecto propone incorporar a la Ley Nº 20.628 es el siguiente: “Los importes a que se refiere el artículo 23º (mínimo no imponible) de la presente ley, serán actualizados anualmente por la Administración Federal de Ingresos Públicos conforme la variación experimentada por el Índice de Salarios Básicos de Convenio de la Industria y la Construcción elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, durante el año de que se trate y regirá para el ejercicio fiscal del año siguiente.”

Directorio Legislativo se comunicó con el bloque del FPV de Diputados, preguntando si este proyecto sería impulsado en esta nueva coyuntura, muy distinta a la que se daba al momento en que la iniciativa fue presentada, pero indicaron que luego del discurso de la Presidenta, un día antes del paro promovido por Moyano, quedó claro que el kirchnerismo no hará, en lo sucesivo, actualizaciones al mínimo no imponible.

En tanto, también del bloque oficialista pero de los diputados que está afiliados a la CGT, tiene vigencia desde la semana pasada el Expte. Nº 4307-D-2012 del hijo del titular del gremio de los camioneros y diputado Facundo Moyano (FPV-PJ-Buenos Aires). Quién desconoció la orden oficial de no impulsar ningún proyecto referente al tema.

El mismo eleva el mínimo no imponible a 18.140 pesos para el caso de las personas de existencia visible, y en el caso de familias, a 20.160 pesos. También se incluye una cláusula de actualización según criterios de incremento salarial de manera anual, por parte de la AFIP.

Como herramienta para financiar al Estado, cuyos ingresos se verían reducidos con esta reforma, los impulsores del proyecto proponen gravar los dividendos distribuidos por las empresas, que hoy por hoy están exentos del pago del Impuesto a las Ganancias.

A su vez, piden aplicar un impuesto específico que grave la remisión de utilidades al exterior, e incorporar también en forma indirecta una alícuota sobre los ingresos que las personas físicas reciben de tenencias de acciones y demás activos financieros y de títulos públicos, así como también los tributos de las actividades mineras y los juegos de azar.

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Fuente FOTO: http://impuestosblog.com.ar/deducciones-personales-impuesto-a-las-ganancias-2009-2010/