El Poder Ejecutivo Nacional anunció el envío al Congreso de un proyecto de ley regulando la actividad de las ART. Lo novedad que encierra esta iniciativa, es que las indemnizaciones se actualizarán dos veces por año según un índice elaborado por el propio Ministerio, establece un plazo de 15 días para el cobro y elimina la polémica “doble vía”. En tanto, los legisladores nacionales ya han presentado algunas propuestas referidas a las ART.

Algunas de esas iniciativas son de carácter integral, planteando una norma que reemplace en su totalidad a la actual Ley de Riesgo de Trabajo, y otros proyectos apuntan a determinados algunos artículos de la legislación vigente.

Entre los proyectos que integran el primer grupo, se encuentra el del diputado Héctor Recalde (FPV-PJ-Buenos Aires), el cual propone derogar la Ley Nº 24.557, de Riesgo de Trabajo, reemplazando por una Ley de Prevención, Salud y Seguridad Laboral (LPSSL).

En su artículo primero, el proyecto del abogado cegetista establece como objetivo reducir la siniestralidad laboral mediante métodos preventivos, reparar los daños derivados de accidentes de trabajo y promover la recalificación del trabajador damnificado.

La normativa actúa sobre tres sujetos: ART, empleadores y empleados. Así, las ART y los empleadores deben asegurar al trabajador el derecho a ejercer sus actividades en un ambiente de trabajo sano y seguro, que preserve su salud física y mental y estimule su desarrollo y desempeño profesional. Por su parte, los trabajadores están obligados a observar las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene y a capacitarse para evitar daños en su salud.

De sancionarse como ley, el proyecto crearía una entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Trabajo, denominada Administración Nacional de Salud Laboral (ANaSaL). La misma tendrá como funciones la supervisión y fiscalización del funcionamiento de las ART, los empleadores autoasegurados y las asociaciones mutuales. A la vez, será el órgano encargado de aplicar sanciones y actualizará el Registro Nacional de Incapacidades Laborales.

Por su parte, desde la CTA, el diputado nacional Víctor De Gennaro es autor de un proyecto de ley que directamente erradica el negocio de las ART. Las mismas serían sustituidas por una agencia nacional y pública, con control de los trabajadores, para velar por su seguridad en el trabajo. “Queremos un sistema que funcione como banco público nacional –sin fines de lucro- que otorgue garantías para auxiliar a accidentados y enfermos, y considere la justa reparación del daño a los trabajadores. Con control de los trabajadores, y todos los actores sociales, con delegados de prevención elegidos por los trabajadores más allá del sindicato, si está afiliado o no lo está. El fin es prevenir, parar la muerte y garantizar la vida”, explicó De Gennaro.

Otro de los proyectos que propone derogar la actual Ley de Riesgo de Trabajo fue presentado por la bonaerense Margarita Stolbizer (FAP). La líder del GEN establece en su iniciativa que los empleadores deberán identificar riesgos laborales, con el objetivo de reducirlos a su mínima expresión, así como promover jornadas de capacitación en prevención de accidentes para sus empleados.

Las ART estarán, por su parte, obligadas a realizar tareas de fiscalización de la seguridad del ambiente de trabajo. En cuanto a las prestaciones dinerarias, en el supuesto de una incapacidad igual o superior al 50 porciento, los trabajadores, además de percibir el sueldo habitual, percibirán una indemnización de pago único, cuya cuantía será igual a 70 veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad y por un coeficiente que resultara de dividir el numero 80 por la edad del damnificado a la fecha de la primera manifestación invalidante. Esta suma en ningún caso será inferior a la cantidad que resulte de multiplicar $ 500.000 por el porcentaje de incapacidad.

Por otra parte, cuentan con estado parlamentario otros proyectos que si bien mantienen la actual Ley de Riesgo de Trabajo, modifican algunos de sus artículos. Por ejemplo, se encuentra la iniciativa de la senadora Laura Montero (UCR-Mendoza), la cual propone agregar el artículo 15 bis, con el objetivo de darle la posibilidad del empleado damnificado por un accidente de trabajo, a recibir su indemnización en un solo pago.

Según el proyecto de la mendocina, la cuantía de ese pago único será igual a 53 veces el valor mensual del ingreso base, multiplicado por el porcentaje de incapacidad y por un coeficiente que resultará de dividir el número 65 por la edad del damnificado a la fecha de la primera manifestación invalidante.

Por último, otra iniciativa a destacar es la de la senadora Graciela Di Perna (Fte. por la Integración-Chubut), derogando el artículo 39 de la Ley de Riesgo del Trabajo, el cual exime de responsabilidad civil a los empleadores, por los accidentes laborales que pudieran sufrir sus empleados.

Así, según la redacción propuesta por Di Perna, “el damnificado o sus derechohabientes podrá reclamar la reparación integral por los daños sufridos, de acuerdo a las normas del Código Civil.”

Sin embargo, esta y todas las iniciativas que rondan por los pasillos del Congreso, tendrán que lidiar con el proyecto del Poder Ejecutivo, el cual seguramente tendrá el respaldo de la bancada oficialista.

FOTO: http://www.infobae.com

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