La Cámara de Diputados decidió insistir con la redacción original del proyecto para penalizar el delito de femicidio, aprobada en abril, y rechazará los cambios propuestos por el Senado, según definieron los integrantes de la Comisión de Legislación Penal. El presidente de este cuerpo, el oficialista Oscar Albrieu, sostuvo que la iniciativa modificada “tiene problemas técnicos y de política legislativa difícilmente superables”.

Las diferencias entre ambos proyectos se centran en si debe tipificarse al femicidio como un delito autónomo, o como una circunstancia agravante del delito cometido. Además, el proyecto que recibió la media sanción de Diputados optaba por agravar penas para el “femicidio vinculado”, pero sin apartarlo de la figura penal del homicidio.

En primer lugar, argumentaron los diputados, los cambios del Senado regulan la forma agravada del homicidio dejando de lado a las relaciones que estuvieran unidas por una relación de noviazgo, ya que requiere convivencia para penalizar de manera agravada la muerte de aquella persona con la cual está unida en pareja.

Diputados lo dispuso de manera diferente, estableciendo que se impondrá reclusión o prisión perpetua, al que matare “a su ascendiente, descendiente, cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia”.

Los diputados justificaron también que en el texto alterado “se acude al derecho penal de autor para sancionar algunas conductas, lo cual es contrario al régimen constitucional argentino que pena solamente a las personas por lo que ellas hacen, es decir, es un régimen penal de acto y no de autor, porque se debe penar por lo que uno hace y no por lo que uno es”.

Por último, “de sancionarse o aceptarse la propuesta del Senado queda incompleta la remisión de los agravantes de las lesiones”, sostuvieron.

En el proyecto aprobado por Diputados se propone sustituir el artículo 80 in fine del Código Penal, “el cual quedará redactado de la siguiente manera: Cuando en el caso del inciso 1º de este artículo, mediaren circunstancias extraordinarias de atenuación, el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años. Esto no será aplicable a quien anteriormente hubiera realizado actos de violencia contra la mujer víctima”.

Por todo ello, la Comisión de Legislación Penal convocará a reunión conjunta con la Comisión de Familia para este martes, con el fin de despachar nuevamente el proyecto original.

Para la insistencia, ahora los diputados necesitan reunir los votos de las dos terceras partes de los presentes; si no lo logran, recibirá sanción definitiva la propuesta del Senado. Sin embargo, el tratamiento en el recinto aún no tiene fecha cierta.

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FOTO: http://elsolonline.com

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