La senadora María Inés Fagetti (PJ) presentó una iniciativa de ley por la que se declara de urgente necesidad la valuación general de inmuebles rurales de la provincia.

Se trata del Expte Nº 4893 que fue girado a la Comisión de Impuesto y Presupuesto. Entre sus fundamentos, la autora sostiene que la sanción de la Ley N° 1566 en el año 1950, y sus modificatorias, determinaron el catastro parcelario de la Provincia y las valuaciones que según coeficientes específicos debe realizar la Dirección General de Catastro.

Esta norma establece que la valuación general de los inmuebles “deberá efectuarse una vez cada diez años como mínimo”. Sin embargo, solo se ha procedido en contadas ocasiones a modificar la alícuota del impuesto inmobiliario rural vía decreto, sin que se hayan actualizado los valores fiscales.

El proyecto de la senadora Fagetti establece la “urgente necesidad” de la valuación general de inmuebles rurales, de acuerdo a las disposiciones de la Ley N°1599 y sus modificatorias Leyes N° 2569 y N° 3450.
Además, promueve que el Poder Ejecutivo disponga los procedimientos previstos en la Ley N°1599 y modificatorias, para cumplimentar con la valuación en un plazo de sesenta días a partir de la sanción de la ley.

La letra del proyecto manifiesta que “la falta de una valuación general tiene múltiples consecuencias de carácter fiscal, económicas, estadística, pero sobre todo de equidad, ya que al no gravar las manifestaciones patrimoniales objetivas hace recaer el peso fiscal sobre los sectores menos favorecidos”.

En tanto, en los fundamentos la senadora argumenta que “si bien la estructura económica de la Provincia de Corrientes está basada mayoritariamente sobre la actividad agropecuaria, no se corresponde en ese sentido su estructura tributaria basada fundamentalmente sobre impuestos indirectos y de carácter no patrimonial”.
“El impuesto inmobiliario rural, pese a tratarse de uno de los tributos de mayor potencial redistributivo, en tanto grava una de las evidentes manifestaciones objetivas de la riqueza, no logra aportar lo suficiente ni favorecer a una mayor progresividad tributaria de la recaudación”, sostiene Fagetti.

Asimismo, cita que en el año 2011 el impuesto inmobiliario rural representó sólo el 6,05 % del total de su recaudación y, entre 2003 y 2011, la importancia de la recaudación de impuestos progresivos patrimoniales sobre la recaudación total se redujo un 55,2%.

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