En Plenario de comisiones, los diputados nacionales dictaminaron el Régimen de Reproducción Humana Asistida, para regular las técnicas de reproducción, en base a un proyecto consensuado. La oposición apoyó el dictamen y destacó la iniciativa común. El proyecto tuvo mínimas modificaciones.

 

Las comisiones de Salud, de Presupuesto, de Legislación General y de Familia avanzaron con la iniciativa, que complementa el nuevo Código Civil y Comercial, ya sancionado en el Congreso. El dictamen firmado, impulsado por el Frente para la Victoria, fue unificado entre dos iniciativas de las oficialistas María del Carmen Bianchi (FPV-PJ-CABA) y Mara Brawer (FPV-PJ-CABA). También incluye propuestas presentadas por diputados de otros bloques y aportes de organizaciones vinculadas con la temática.

 

Previo a la exposición de los diputados, representantes de la Fundación Concebir y Sumarte a dar vida, con el apoyo de médicos que practican la fertilización asistida, coincidieron con el proyecto. Las diputadas que impulsaron el proyecto resaltaron que

se “concluye con más de veinte años de discusión en este Congreso sobre técnicas de fertilización” y que era “un día de alegría donde se va a votar una ley para las múltiples familias de este país”, que respeta los derechos humanos, la formación de nuevas familias y la identidad protegida.

 

Abierto el debate con los diputados, Jorge Triaca (PRO-CABA) reconoció que fueron consideradas sus sugerencias pero cuestionó la contradicción que existe entre la protección del embrión no implantado y que luego se descarte para uso científico. En la misma línea, Gladys González (PRO-Buenos Aires) coincidió con avance pero objetó las prohibiciones y sostuvo que “es difícil definir cuándo un embrión es viable o no”.

 

Felipe Sola, presidente de la Comisión de Familia, quien recibió un amplio reconocimiento de sus pares por la labor en este proyecto, anticipó el voto favorable. Sin embargo, alertó sobre “los avances de la tecnología con respecto a la manipulación”, y consideró la selección de gametos como una forma de manipulación.

Por el contrario, desde el GEN, Virginia Linares (Buenos Aires) destacó el proyecto de consenso pero consideró que “hay mitos que no son reales”, haciendo las salvedades de que no existe manipulación de gametos tal como algunos diputados interpretaron. Para concluir, Linares sostuvo que “se trabaja con responsabilidad y hay que dejar de lado el tema de la manipulación”.

La más ferviente defensa del proyecto oficialista estuvo a cargo de Araceli Ferreyra (FPV-PJ-Corrientes), que afirmó que existe el “derecho a formar una familia, en forma gratuita y para todos”, y fue contundente al sostener: “Las mujeres no somos incubadoras y el embrión no es persona”. Para concluir, entre ovaciones, afirmó que “esta ley nos da la posibilidad de ejercer el derecho a la maternidad, si querés hacerlo, no siendo obligada”.

Si bien el nuevo Código Civil y Comercial Unificado regula las cuestiones en materia de filiación, la iniciativa para regular las técnicas de reproducción busca completar el esquema legal, ya que propone regular la utilización de las técnicas de fertilización asistida, así como los derechos y las relaciones jurídicas que nacen de ello.

La intención es saldar el conflicto generado con el artículo 19 que establece que la existencia de la persona humana comienza “con la concepción”. Esto pone en peligro muchas de las técnicas de fertilización asistida, ya que estaría considerando “persona” al embrión, estableciendo el nacimiento desde la concepción y no en el seno materno.

El proyecto consensuado regula el plazo máximo para mantener criopreservados óvulos, esperma y embriones. También establece si la donación de gametos para uso de terceros debe ser anónima y confidencial, o si las personas nacidas mediante esas técnicas podrán tener acceso a la identidad del o la donante.

Con respecto a los donantes, establece que “las mujeres que se constituyan en aportantes de gametos para terceros deben ser capaces, mayores de 18 años, y hasta 35 años de edad, inclusive. Los hombres que se constituyan en aportantes de gametos para terceros deben ser capaces, mayores de 18 años y hasta 40 años de edad, inclusive”. También estipula las responsabilidades de los centros médicos autorizados para efectuar los procedimientos de fertilización y la necesaria supervisión estatal.

Además señala que, para constituirse en aportante de gametos para terceros, se debe previamente realizar un estudio clínico, en el cual se deje constancia que el aportante no padece enfermedades genéticas hereditarias o infecciosas transmisibles a la descendencia, así como cualquier otro dato que resulte de relevancia médica. Además, los gametos y los embriones deben conservarse únicamente en los Centros de Salud autorizados, mediante las técnicas existentes o las que permitan en el futuro los avances técnicos científicos.

Por último, el proyecto unificado prohíbe expresamente la comercialización de embriones, gametos crioconservados y la utilización de embriones viables para experimentación o investigación que no respeten los parámetros fijados por la Autoridad de Aplicación.

 

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