Tal como lo había anunciado el gobernador Daniel Scioli, fue incluida en el boletín oficial a través del decreto 632 y contempla a los departamentos afectados durante la última inundación. Los productores agropecuarios tendrán exenciones impositivas automáticas respecto del pago del impuesto inmobiliario rural. En paralelo, la Cámara de Diputados y Senado bonaerense aprobó la ley de Emergencia Hídrica para los distritos afectados por las inundaciones que incluyó un endeudamiento de 4.500 millones para obras en la Cuenca del Río Luján.

Al respecto, la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionó el proyecto de ley impulsado por el gobernador Daniel Scioli para eximir del pago de los impuestos Inmobiliario, Automotor, Ingresos Brutos y Sellos a los afectados por las últimas inundaciones -Decreto 618/15-. La medida también autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse en hasta 4500 millones de pesos con el fin de financiar la ejecución de los proyectos de inversión vinculados con la Cuenca del Río Luján.

Con la sanción del proyecto del Ejecutivo, se prorroga automáticamente la facultad concedida a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires -ARBA- respecto de los beneficios impositivos ya otorgados por la declaración de emergencia o desastre agropecuario, y los adicionales, derivados de las últimas y copiosas lluvias. En la misma fecha, el Senado recibió la media sanción que fue aprobada por unanimidad y así se convirtió en ley.

Por su parte, la emergencia productiva, publicada el viernes 28 de junio alcanza a las localidades de 25 de Mayo, 9 de Julio, Alberti, Arrecifes, Ayacucho, Azul, circunscripciones V y VI de Bragado, Brandsen, Campana, Cañuelas, Capitán Sarmiento, Carmen de Areco, Castelli, Chacabuco, Chascomús, Chivilcoy, Colón, Dolores, Exaltación de la Cruz, General Alvear, General Arenales, General Belgrano, General Paz, Junín, L. N. Alem, Las Flores, Lezama, Lobos, Luján, Magdalena, Mercedes, Monte, Navarro, Pergamino, Pila, Pilar, Punta Indio, Rauch, Rojas, Roque Pérez, Saladillo, Salto, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Vicente, Suipacha, Tapalqué, Tordillo y Zárate, por el período 01/08/15 al 31/12/15

Además declarar el estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario para las parcelas florifrutihortícolas afectadas por inundaciones en los partidos de Berisso, Berazategui, Florencio Varela y La Plata, por el período 01/08/15 al 31/12/15. La normativa también alcanza a los partidos de Baradero, Bolívar, General Guido, General Lavalle, General Las Heras, General Madariaga, Maipú, Marcos Paz, Ramallo, San Nicolás y San Pedro, por el mismo período.

 

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