Con la sanción de la ley de Paridad de Género, el Congreso de la Nación estableció la obligatoriedad de que las listas estén compuestas en la misma proporción entre hombres y mujeres. De esta forma empieza a quedar atrás la interpretación de protección que otorgó a las mujeres la ley de Cupo Femenino (24.012) para, en su lugar, auspiciar la igualdad de representatividad de varones y mujeres en la política nacional.

La nueva legislación cambia el paradigma de cara a un sector de la sociedad que no requiere protección o resguardo sino que requiere el acceso igualitario a cargos públicos. Conforme a los mecanismos de renovación de cada cámara, la paridad recién se verá reflejada por completo en el año 2023. Anticipadamente, en 2021 se materializará en Diputados.

La discusión que sigue inmediatamente es si con el número alcanza. La ley de cupo se cumplió en términos formales en el Congreso. Si bien las cámaras respetaron la obligación de estar compuestas en un 30 por ciento por mujeres, es menor el porcentaje de mujeres que ocupan puestos de conducción en el ámbito legislativo (autoridades de Cámara y presidencias de comisiones).

Ley de Cupo en el Congreso hoy

Hasta el momento, el Poder Legislativo está obligado por la Ley Nº 24.012 a estar conformado por, al menos, el 30 por ciento de mujeres. En su composición actual ese número se respeta y se lo supera en 10 puntos. Ambas cámaras cumplen con la manda del 30 por ciento: 43% en el Senado y 39% en Diputados.

Cantidad de legisladoras, según Cámara. Período 2017-2019

Composición actual HCSN

31 de 72

Composición actual HCDN

99 de 256

 (todavía no asumió el reemplazo de Héctor Roquel)

Techo de cristal

Más allá de la discusión por el porcentaje, está el debate por los puestos de conducción que las mujeres ocupan en el Congreso. En este sentido, se pueden considerar –entre otras- dos variables: la cantidad de mujeres que presiden comisiones en ambas cámaras, por un lado, y cuántas mujeres presiden las comisiones más importantes, por el otro.

Comisiones presididas por mujeres, según Cámara. Período 2015-2017 (aún no se han conformado las comisiones del período 2017-2019)

Comisiones HCSN (2015-2017)

8 presidentas en 26 comisiones

Comisiones HCDN (2015-2017)

14 presidentas en 45 comisiones

Siguiendo el cuadro anterior, la proporcionalidad de mujeres de las cámaras se refleja en la cantidad de presidencias a su cargo. En Senado, el 30,76 por ciento de las comisiones son presididas por mujeres. En Diputados, ese porcentaje es casi idéntico: 31,11 por ciento.

Sin embargo, si se consideran las presidencias de las comisiones más relevantes de cada cámara, la proporción de mujeres decrece. ¿Cómo se determina qué comisión es más relevante? En realidad, los reglamentos de las Cámaras no disponen un orden de importancia de las comisiones. Sin embargo, en caso que durante una sesión se ausenten las autoridades de las Cámaras, se dispone que la sesión deberá ser presidida por los presidentes de las comisiones, según un orden establecido. En Diputados, las cinco primeras comisiones de ese orden son: Comisión de Asuntos Constitucionales, Legislación General, Relaciones Exteriores y Culto; Presupuesto y Hacienda y Educación. En Senado, Asuntos Constitucionales, Relaciones Exteriores y Culto, Justicia y Asuntos Penales, Legislación General y Presupuesto y Hacienda.

¿Se respeta la proporcionalidad del cupo en las presidencias de estas comisiones?  Si se consideran las cinco comisiones más relevantes de cada cámara, el porcentaje de mujeres presidentas decrece drásticamente: solo una es presidida por mujeres.

En el caso de Diputados, de las cinco primeras solo una es presidida por una mujer, la comisión de Relaciones Exteriores. Por otro lado, en Senado se da la misma situación pero con la comisión de Legislación General. De esta manera, se observa que si bien el Congreso respeta la ley de cupo y eventualmente la de paridad, no necesariamente esto se replica en el acceso a los cargos de mayor toma de decisiones.