La medida anunciada por el presidente Mauricio Macri deja afuera a los secretarios, subsecretarios y directores. Necesitamos una reforma completa del sistema de integridad pública estatal que abarque a los demás poderes del Estado y a los gobiernos municipales y provinciales, para terminar con amiguismos y favores políticos a la hora de contratar.

A partir del Decreto 93/2018, el Poder Ejecutivo oficializó un nuevo régimen que prohíbe la designación de familiares dentro del Sector Público Nacional. El decreto, publicado esta mañana bajo el nombre “Designación de personas con algún vínculo de parentesco. Criterios aplicables”, expone entre sus considerandos el objetivo de continuar el compromiso asumido por esta gestión de diseñar políticas que construyan institucionalidad, integridad y transparencia. Las personas alcanzadas por la medida deberán renunciar a su cargo antes del 28 de febrero, quedando exceptuadas aquellas que hayan sido designadas a partir de Concurso Público o que posean antigüedad en el cargo.  

La norma define su aplicación para el Presidente de la Nación, la Vicepresidente, el Jefe de Gabinete de Ministros y para Ministros y/o funcionarios con rango ministerial. Así deja exentos a los secretarios, subsecretarios y directores generales, así como también -por ser un Decreto del Ejecutivo- al Poder Legislativo y Poder Judicial, en donde se podrán seguir nombrando familiares para ocupar cargos públicos.

La medida anunciada el lunes por el presidente Mauricio Macri, sumó dos avisos más en esta cartera de restructuración del estado: el congelamiento de salarios para los funcionarios y la reducción a uno de cada cuatro cargos políticos dentro del Poder Ejecutivo Nacional. Esta situación implicaría una reducción del 25% de la estructura de contratación estatal y del presupuesto de la política en la administración central.

El decreto, a pesar de parecer tener intenciones de combatir el nepotismo y fortalecer el sistema de regulación de contrataciones públicas en el sector público nacional, sigue siendo limitado en sus alcances y en sus disposiciones. En primer lugar, porque no abarca a toda la planta política (secretarios, subsecretarios y directores de la administración central), sino sólo a los ministros. En segundo lugar, porque no queda claro si se trata de de una agenda planificada y orientada a la construcción de instituciones transparentes y sólidas, o más bien una respuesta a situaciones puntuales a las que el gobierno debe responder. No es la primera vez que el gobierno avanza en reformas de estas características, si bien necesarias y aplaudibles, ante escándalos públicos que demandan una respuesta institucional. En tercer lugar, porque nuestro país necesita de una reforma integral del sistema de ética pública y conflictos de interés. Como se dijo, este Decreto no logra alcanzar a los Poderes Legislativo, Judicial ni Ministerios Públicos, ámbitos tan – o más – necesarios para luchar contra la corrupción y el nepotismo en el Estado. No se puede tener las intenciones de transformar el sistema de integridad pública estatal, si no se encuentra el momento ni la voluntad política para actualizar la Ley de Ética Pública Nacional sancionada en 1999. Si bien durante 2016 han habido algunas conversaciones informales y avances en los pasillos del Congreso, aún no se cuenta con información clara sobre su modificación y actualización.

La solución no puede dejar afuera a los demás poderes del Estado, ni a los gobiernos municipales y provinciales, donde el amiguismo y los favores políticos son moneda corriente a la hora de contratar. Argentina tiene una tradición de informalismo que debemos combatir construyendo institucionalidad en todos los niveles de gobierno y desde todos los puntos de vista posibles. Sin embargo, si continuamos en este camino, seguiremos en deuda con nuestro país respecto a políticas que prevengan la corrupción del poder público nacional.